Anticorrupción
Riansa, cumple con las medidas necesarias para realizar procedimientos de forma adecuada y ante todos los requerimientos de la ley
1.0 OBJETIVO:
En RIANSA, S.A. DE C.V., tenemos la política de desarrollar todos nuestros servicios con ética e integridad, y cero tolerancias ante el soborno público o privado, por lo que exigimos a nuestros colaboradores, socios, proveedores y clientes el mismo compromiso y comportamiento.
2.0 ALCANCE:
Esta política es aplicable al personal, socios, proveedores y clientes o cualquier otra de nuestras partes interesadas afín de coadyuvar y promover el cumplimiento de esta política, el cual contiene medidas diseñadas para identificar y evaluar riesgos; prevenir, detectar y enfrentar el soborno; controles y procesos que buscan reforzar nuestra cultura de honestidad y ética en los negocios.
3.0 RESPONSABILIDADES:
Es importante recalcar que el cumplimiento de esta política es responsabilidad de todos los colaboradores de RIANSA, y todos debemos contribuir a su eficacia a través de las siguientes acciones y compromisos:
- Apegándonos a los procedimientos y controles establecidos dentro de RIANSA;
- Cumpliendo con la normatividad interna, externa y legislación aplicable;
- Estableciendo, revisando y lograr el cumplimiento de los objetivos anticorrupción
- Reportando cualquier sospecha de soborno o violación a políticas y códigos;
- Promoviendo nuestros valores y una cultura de ética e integridad en los negocios;
- Participando y promoviendo la participación en la capacitación de las Medidas de Mitigación de Riesgos de la Debida Diligencia.
- Haciendo partícipes de esta Política a todo el personal, socios, proveedores y cualquiera parte interesada que tengan relación con la empresa;
- Asegurándonos que cuando tomemos una decisión o decidamos delegar esta autoridad, esto no suponga un conflicto de intereses y de que se deja el registro de quién la toma.
- Comprometiéndonos a la mejora continua.
4.0 DEFINICIONES:
OBJETOS / COSAS DE VALOR. Puede incluir dinero en efectivo, equivalentes de efectivo (por ejemplo, tarjetas de regalo), comidas, entretenimiento, viajes, obsequios, empleos, contratos, servicios en especie, tales como la realización de trabajos en domicilios particulares, o cualquier tipo de bienes o servicios con valor económico tangible.
SOBORNO. Se produce cuando se proporcionan directa o indirectamente beneficios (cosas de valor) a personas, incluidos funcionarios públicos, socios empresariales, clientes o posibles clientes para su beneficio personal, a fin de influir en sus acciones o decisiones relativas a sus cargos oficiales o de la empresa.
SOCIO COMERCIAL. Terceros actuando en nombre o por cuenta de la compañía que pueda interactuar con agentes externos, especialmente en el caso en que estos sean funcionarios/empleados públicos; o cualquier alianza en la que la compañía tenga intereses económicos.
5.0 DESARROLLO:
RIANSA S.A. DE C.V. prohíbe estrictamente el soborno y la corrupción de todo tipo relacionados con la actividad profesional de la empresa. Los empleados de RIANSA S..A DE C.V. descubiertos participando en un caso de corrupción o soborno se enfrentarán a sanciones establecidas en el reglamento interno de la empresa.
5.1 PRINCIPIOS CONTRA LA CORRUPCIÓN
RIANSA S.A. DE C.V. prohíbe terminantemente:
• Ofrecer, prometer, pagar la entrega de cualquier objeto de valor en cualquier forma, directa o indirectamente a través de un empleado o un tercero, ya sea en relación con un funcionario público o una persona privada para obtener o mantener algún negocio o cualquier otra ventaja
• Que cualquier empleado acepte objetos de valor de sus partes interesadas (clientes, comunidad, proveedores y otros) para el beneficio propio.
• Dar objetos de valor en nombre de la empresa.
• Recibir algún objeto de valor que pueda influir en el proceso de toma de decisión según el desempeño del cargo.
• El uso de fondos propios o de terceros para eludir los principios de la presente política.
5.2 PRÁCTICAS ACEPTABLES
Los regalos e invitaciones de negocios nunca deben ser ofrecidos o aceptados con propósitos ilícitos y deben ser, en todos los casos:
• Conformes a las leyes y regulaciones, tanto en el país del que realiza la invitación, como del que la recibe.
• Entregados o aceptados sin espera de reciprocidad: la intención o propósito que persigue el regalo o invitación debe ser simplemente la de construir la relación de negocio dentro de unos estándares normales de cortesía y no la de influir en la persona encargada de adoptar una determinada decisión de negocio.
• Aceptables socialmente: otras personas (tales como compañeros, competidores) deberían estar de acuerdo en que el regalo o invitación es razonable y que se podría comunicar sin temor a un posible reproche social.
• Consistentes con los intereses de los negocios de la compañía, así como con las prácticas habituales del negocio.
• Ocasionales y no excesivos, conforme a los estándares locales o de la industria.
5.3 REGALOS E INVITACIONES
RIANSA no debe aceptar regalos, servicios, condiciones ventajosas, descuentos, cortesías, viajes, invitaciones o cualquier otro bien o beneficio, que les sean ofrecidos directa o indirectamente por proveedores o por cualquier colaborador de RIANSA, sin previa notificación y aprobación de las Gerencias de la empresa, quienes analizarán las razones y el tipo de regalo, servicios, condiciones ventajosas, descuentos, cortesías, viajes, invitaciones o cualquier otro bien o beneficio del que se trate.
Los regalos o cortesías a los clientes, serán determinados por las Gerencias de la empresa, quienes por medio de las coordinaciones, son los únicos autorizados para hacer entrega de regalos o atenciones a los clientes de RIANSA en especie y nunca en efectivo, siempre y cuando no comprometan o aparenten comprometer la forma en que la empresa se desarrolla o desempeña en su negocio, o comprometa o aparente comprometer las decisiones de los colaboradores en la toma de decisiones presentes o futuras.
En RIANSA está terminantemente prohibido condicionar una negociación, operación o servicio a la entrega de algún regalo o similar para beneficio propio o de terceros.
Los colaboradores de RIANSA antes de dar o recibir algún regalo, atenciones o cualquier cosa de valor a alguna autoridad o de cualquier proveedor, deben atender a los lineamientos relacionados a los regalos previstos en esta Política y en el Código, ya que estos actos podrían llegar a significar implícita o explícitamente sobornos o actos de corrupción.
5.4 CONTRIBUCIONES POLITICAS
Cuando la legislación local lo permita expresamente RIANSA podrá realizar contribuciones a partidos u organizaciones de carácter político y a las campañas de cargos electos siempre que dichos pagos no:
• Se realicen para lograr un negocio indebido u obtener otra ventaja, o para influir indebidamente en la decisión de un funcionario público en beneficio de la empresa.
• Tengan como finalidad beneficiar personalmente al destinatario o su familia, amigos, socios o conocidos
Al aprobar las contribuciones políticas, la Dirección General de RIANSA deberá asegurarse de que cumple dichos requisitos y documentarlo como corresponda
5.5 DONATIVOS Y DONACIONES
RIANSA podrá realizar donaciones o patrocinar a asociaciones, sociedades, organizaciones o instituciones, siempre que con ello se persiga la consecución de fines filantrópicos, académicos, ambientales, de asistencia o cualquier otro con propósito legítimo, sin que en ningún caso comprometan o aparenten comprometer la reputación de RIANSA bajo ninguna circunstancia podrán efectuarse donaciones o patrocinios cuando su realización implique o pudiera implicar la existencia de un conflicto de interés, soborno o acto de corrupción en general.
En el caso de donaciones, sólo podrán realizarse a entidades o instituciones que tengan el carácter de donatarias autorizadas de conformidad con la regulación aplicable, y siempre que se observen todos los requisitos legales para el debido perfeccionamiento de este tipo de actos jurídicos. Por ningún motivo RIANSA realizará donativos o patrocinará de manera alguna a funcionarios públicos y/o partidos políticos.
Las donaciones y patrocinios podrán realizarse en efectivo o en especie, y siempre a título institucional. Asimismo, la donataria o patrocinada deberá ser, en todos los casos, una persona moral.
Toda donación o patrocinio deberá ser autorizado por la Dirección General para lo cual podrá solicitar la opinión de las gerencias de la empresa.
5.6 PAGOS DE FACILITACION O GESTION
RIANSA tiene prohibido realizar o recibir, directa o indirectamente, pagos indebidos o sobornos de o a cualquier tercero o autoridad, con la finalidad de influenciar cualquier decisión que pudiera beneficiar a la empresa para obtener o retener algún negocio o ventaja indebida. De igual manera, está prohibido participar en actividades que pudieran entenderse o relacionarse con la extorsión.
Prácticas de Prevención:
• Con la finalidad de prevenir actos de corrupción RIANSA realiza y recibe todos los pagos en numerario por concepto de adquisición, venta y/o prestación de bienes y servicios a través de instituciones financieras legalmente constituidas en sus países de origen y a título institucional.
• Los pagos en efectivo sólo se realizarán para cubrir gastos menores de la empresa. Los colaboradores de RIANSA tienen prohibido realizar y/o recibir pagos o contraprestaciones a título personal, utilizando el nombre o la marca de la empresa con la finalidad de buscar un beneficio directo o indirecto, que sea indebido o ilícito.
• Por regla general RIANSA no realiza ni recibe pagos y/o contraprestaciones en especie, salvo que, por las circunstancias particulares del caso, y atendiendo a la normatividad aplicable, se encuentre justificado el pago y/o la contraprestación correspondiente. En tales casos las condiciones deberán establecerse en el instrumento jurídico más idóneo.
5.7 REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS O RELEVANTES
RIANSA pone a disposición de todo el personal, socios, proveedores y clientes un correo electrónico para reportar de manera anónima y confidencial las inquietudes, denuncias o quejas relacionadas con el comportamiento inapropiado por parte de cualquier persona que trabaje con o para RIANSA.
Email: denuncia@riansa.com.mx
Al recibir la inquietud, denuncia o queja, la empresa asignará un folio que será proporcionado a quien reporta que le servirá de seguimiento a su denuncia. Todas las inquietudes, denuncias o quejas serán atendidas y contestadas.
Cualquiera que reporte una inquietud, denuncia o queja, debe actuar de buena fe y tener fundamentos razonables para creer que la información que entregue constituye una contravención a los Códigos de Ética; a la Política Anticorrupción y Política Antilavado, o a las sanas prácticas y normativa aplicable a RIANSA. Para RIANSA la participación de todo su personal en el cumplimiento de la presente Política y de las Medidas de Mitigación de Riesgos de Debida Diligencia, por lo que se prohíben y se sancionaran los actos de represalias contra quien haya comunicado o denunciado cualquier conducta contraria a esta política, garantizando su confidencialidad y protegiendo su identidad conforme a las disposiciones finales. El personal que trabaja en y para RIANSA que realice un reporte no podrá ser objeto de presión, acoso ni represalias.
Las violaciones a esta política pueden resultar en riesgo penal o civil para RIANSA, así como para quienes resulten involucrados. Cualquier acto no congruente o en contra de esta política que sea observado o denunciado por cualquier medio, será revisado por el Comité Interno de Anticorrupción y Antilavado.
La presente Política, y cualquier modificación a la misma, entrará en vigor, y será de observancia general para todo el personal, a partir del día siguiente a su difusión, previa aprobación por parte de la Dirección General, y estará vigente en tanto el área de calidad no notifique de una revisión al presente documento.
El incumplimiento de la presente política por parte del personal que labora en y para RIANSA será sancionado de acuerdo con el Reglamento Interno de Trabajo y el Contrato Individual de Trabajo.
La Dirección General de RIANSA, ha designado como Responsables de las Medidas de Mitigación de Riesgos de Debida Diligencia al COMITÉ INTERNO DE ANTICORRUPCION Y ANTILAVADO, quien trabaja para el establecimiento, implementación, mantenimiento, supervisión y mejora continua de las Medidas de Mitigación de Riesgos de Debida Diligencia.
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